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Reavivamiento, Reforma y Restauración



Reavivamiento, Reforma y Restauración

Desde una óptica sociológica el avivamiento puede definirse como un despertamiento a una forma particular de espiritualidad.
En términos restrictivos, para nosotros los cristianos, un avivamiento seria el despertamiento que Dios produce en sus escogidos para que reciban vida espiritual. La Escritura dice: “Y él os dio vida a vosotros, cuando estabais muertos en vuestros delitos y pecados, en los cuales anduvisteis en otro tiempo… Pero Dios, que es rico en misericordia, por su gran amor con que nos amó, aun estando nosotros muertos en pecados, nos dio vida juntamente con Cristo (por gracia sois salvos), y juntamente con él nos resucitó, y asimismo nos hizo sentar en los lugares celestiales con Cristo Jesús... Porque por gracia sois salvos por medio de la fe; y esto no de vosotros, pues es don de Dios; no por obras, par a que nadie se gloríe. Porque somos hechura suya, creados en Cristo Jesús para buenas obras (Ef. 2:1-10). Esta obra del Espíritu es llamada a veces vivificación. Lo que aquí se llama vivificar o dar vida es lo que en otros lugares se llama nuevo nacimiento, recreación, reavivamiento o regeneración. “El término regeneración, como sugiere la palabra, indica un "generar de nuevo". Generar significa hacer ocurrir o comenzar. Pensamos en el primer libro de la Biblia, el libro de los principios, que es llamado Génesis. El prefijo “re” significa simplemente "de nuevo". Por tanto, la palabra regeneración significa comenzar algo de nuevo. Es el nuevo principio de vida lo que nos interesa aquí, el principio de la vida espiritual. Notamos que esta imagen de la vida se contrasta con una imagen de la muerte. El hombre caído es descrito aquí como estando "muerto en pecado". Para que alguien que está muerto a las cosas de Dios viva para Dios, se debe hacer algo a él y para él. Los muertos no pueden vivir por sí mismos. Los muertos no pueden crear vida espiritual dentro de sí mismos. Pablo deja completamente claro aquí que es Dios quien hace vivir. Es Dios quien nos vivifica de la muerte espiritual” (R. C. Sproul). Juan Calvino, dijo: “Yo entiendo (la palabra) regeneración, (como) la única meta… la cual es formar en nosotros una nueva imagen de Dios, la cual fue ensuciada, y del todo eliminada por la transgresión de Adán". Por lo tanto, el acto de dar vida espiritual se llamará nuevo nacimiento, regeneración, recreación o avivamiento.

REAVIVAMIENTO

Esta idea de “volver a dar vida” o “reavivar” también es aplicada a la Iglesia del Señor. La Biblia y la historia nos dan evidencia que la Iglesia de Cristo ha pasado por momentos de relajo espiritual. Tal es el caso de la edad media o época oscurantista, donde la iglesia apostató de su fe. O el actual sistema liberal de las iglesias protestantes en Europa y Estados Unidos, donde bendicen matrimonios homosexuales celebrados por pastores homosexuales. Ante estas situaciones degradantes y apóstatas de la Iglesia, El Señor siempre se ha guardado un remanente fiel que ha levantado una voz profética denunciando la inmoralidad y relajo espiritual de la iglesia y el mundo. Muchas veces este remanente fiel ha salido victorioso, trayendo arrepentimiento dentro de la misma iglesia y convirtiendo a miles de personas a Cristo. Ejemplos de esto tenemos muchos, Dios levantó a Martín Lutero y Juan Calvino para que reavivaran a la iglesia de la edad media y se levantara un avivamiento de proporciones nunca antes vistas; Dios también usó en el siglo dieciocho a los teólogos y predicadores calvinistas Jonathan Edwards y Jorge Whitefield para iniciar el avivamiento llamado “El Gran Despertar”, un movimiento que cambió el corazón de las iglesias americanas y la faz de la vida de América. Alguien definió el reavivamiento como “una recuperación del testimonio del Señor en una generación dada. El efecto resultante de una Iglesia avivada sobre la sociedad con gran cantidad de personas siendo convertidas se designa como avivamiento espiritual”

REFORMA

Pero el gran problema es que la Iglesia no ha sabido sacar ventaja de estos “tiempos de refrigerio” o reavivamiento que Dios nos ha enviado. Hemos sido como odres viejas que no pueden contener el vino nuevo y al final reventamos y desperdiciamos todo lo que Dios nos ha enviado. Generalmente cuando la gente pide por un avivamiento en seguida les pregunto: “¿y para que quieres avivamiento?” Muchos de ellos me quedan mirando con ojos de horror (como si yo no quisiera un avivamiento) para enseguida darme una larga lista de experiencias que ellos desean vivir con Dios. No niego que sus intenciones sean sinceras, pero creo que no saben lo que piden, ni para que lo piden. Muchos de sus argumentos son para tener ciertas experiencias como la búsqueda de paz personal, nuevas aproximaciones con Dios, nuevas formas de sentir al Espíritu Santo o la bien conocida frase de “recibir más poder”. En resumen, solo énfasis en experiencias subjetivas. Un avivamiento así no tiene más que ofrecer que una experiencia puramente personal, emotiva y subjetiva. De hecho, buscando ser de bendición se halla a menudo en peligro de no tener nada que decir al hombre moderno que necesita urgentemente a Cristo.
El avivamiento contemporáneo es socialmente irrelevante debido a su base centrípeta y no centrifuga. Ciertamente no hay nada inherentemente malo con que la gente se emocione acerca de Dios, y que cada Cristiano ore por mas gracia reflejada en hermosas manifestaciones espirituales. Pero reavivamiento sin reforma es simplemente una agitación de las emociones, las que rápidamente pasan con el tiempo. Estados Unidos, Argentina y Centro América han experimentado una casi ininterrumpida serie de avivamientos en estas últimas décadas y el resultado ha sido “una fe diluida, familias insanas, una iglesia irrelevante, y países sin temor de Dios”. Muchos reavivamientos hoy día son como la “nueva” de buenas y malas noticias: ¡La buena noticia es que estamos pasando un gran tiempo! Y la mala noticia es que seguimos mal.
Un reavivamiento, sin la reforma de las vidas personales, las familias, las iglesias y las naciones, es simplemente una altura emocional pasajera, no muy diferente a un drogadicto consumiendo su dosis del día. Se puede sentir tremendo por un momento, pero eventualmente el dolor regresa y necesita otra dosis solo para mantenerse nivelado. En resumen, hasta el momento podríamos decir que un reavivamiento debe dar inicio a una segunda etapa, esa es la Reforma. Y podemos definir la Reforma como “el efecto correspondiente de un reavivamiento espiritual en una sociedad particular. Ocurren grandes reformas sociales debido al poder santificador de una Iglesia reavivada actuando como una redentora de su cultura.”



RESTAURACIÓN
Cuando llega la reforma, la iglesia estará preparada para comenzar una restauración de todos aquellos valores que el Reino de Cristo anuncia. La reforma trae de forma mediata la restauración del Reino. Esta visión de restauración no es incompatible con la escritura, sino que ella misma, nuestras confesiones de fe reformadas y la historia nos impulsan a orar y trabajar por la restauración plena del Reino de Dios en la Tierra. Ejemplo:
El Catecismo Mayor, en la respuesta número 190, declara que la petición de la Oración del Señor, “Santificado sea tu Nombre,” requiere que el Cristiano ore pidiendo que Dios impida y elimine al ateísmo, la idolatría, la profanidad y cualquier cosa que le deshonre; y, por su providencia (por la cual puede anular las disposiciones y argumentos de sus enemigos) dirija y disponga de todas las cosas para su propia gloria. La respuesta número 191 del Catecismo Mayor declara que la petición de la Oración del Señor, “Venga tu reino,” obliga a los cristianos a Orar (pidiendo) que el reino del pecado y de Satanás pueda ser destruido, el evangelio propagado a través de todo el mundo, los judíos llamados, (y) que se produzca la plenitud de los Gentiles. De manera similar, el Catecismo de Heidelberg en la pregunta 123 declara: “Venga tu reino; es decir: Destruye las obras del diablo y todo poder que se levante contra Ti, lo mismo que todos los consejos que se toman contra tu Palabra, hasta que la plenitud de tu reino venga, cuando Tú serás todo en todos.”
Cuando los primeros misioneros del cristianismo se aventuraron dentro de los demonizados territorios de nuestros antepasados paganos, no tenían la más ligera intención de llevar una coexistencia pacífica con los hechiceros y sus aterradoras deidades. Cuando San Bonifacio, en su misión a los germanos paganos, se acercó al roble sagrado de Thor, simplemente lo derribó a hachazos y construyó una capilla con la madera. Miles de adoradores de Thor, al ver que su dios no había herido a San Bonifacio con un rayo, se convirtieron al cristianismo allí mismo. En cuanto a San Bonifacio, quedó imperturbable por el incidente. Sabía que había un solo Dios verdadero del trueno, el Jehová Trino. (David Chilton)
Esto significa que un día una mayoría lo suficientemente grande e influyente será salva de manera que el Cristianismo va a ganar universalmente las guerras culturales a través de medios espirituales (Mat. 12:28-29; Lucas 11:20-22; Sal. 110:1 y 1 Corintios 15:25). Así pues la restauración espera la expansión gradual y progresiva del reino de Cristo en el tiempo y sobre la tierra (Salmo 2, 22, 72, 110; Juan 1:29; 3:17; 12:31-32). Esta restauración sucederá por medio del ministerio todo abarcador de la Palabra, la oración ferviente y llena de fe, y las labores consagradas de su pueblo lleno del Espíritu Santo (Isaías 2:1-4; 11:9; 65:17-25) El resultado será una larga era de desarrollo espiritual, una paz global, y las bendiciones pactales sobre la tierra antes de que Cristo regrese. Así que habrá una Era Dorada que preceda a la Segunda Venida (Daniel 2:31-45; 7:13-14; Ezequiel 17:22-24; 47:1-9).
En conclusión un reavivamiento debería producir reformas en la sociedad, cuyo único fin será traer la restauración del Reino de Dios en la tierra.
¿Para que quieres avivamiento?

"para que abras sus ojos, para que se conviertan de las tinieblas a la luz, y de la potestad de Satanás a Dios; para que reciban, por la fe que es en mí, perdón de pecados y herencia entre los santificados"
Hechos. 26: 18

Agustín, Pelagio y la Reforma


“Fue Agustín quien nos dio la Reforma.”
Benjamin B. Warfield

La observación de Warfield se basaba en el hecho que la Reforma fue testigo del triunfo último de la doctrina de la gracia de Agustín por sobre el legado de la visión Pelagiana del hombre. Si Agustín nos dio la Reforma, lo que creo que hizo, fue Pelagio quien colocó el fundamento para el así llamado “humanismo Cristianizado.” Este conflicto teológico del siglo quinto continúa teniendo implicaciones que se extienden hasta nuestra época actual. La controversia entre Agustín y Pelagio comenzó cuando el monje británico, Pelagio, se levantó en oposición a la famosa oración de Agustín: “Otórganos lo que nos has ordenado, y ordénanos lo que has deseado.” Pelagio rechazó con vehemencia la idea de que un don divino (la gracia) es necesario para llevar a cabo lo que Dios ordena. Para Pelagio y sus seguidores la responsabilidad siempre implicaba habilidad. Si el hombre tiene la responsabilidad moral de
obedecer la ley de Dios, también debe tener la habilidad moral de hacerlo.
Adolf Von Harnack resume el pensamiento Pelagiano: “La naturaleza, el libre albedrío, la virtud y la ley, estas cosas, estrictamente definidas y hechas de manera independiente de la noción de Dios - eran las palabras clave del Pelagianismo: la virtud auto adquirida es el bien supremo, el cual sigue como recompensa. La religión y la moralidad se hallan en la esfera del espíritu libre; están allí en cualquier momento por medio del esfuerzo propio del hombre.”

Además, Harnack declaró, “No podemos sino decidir que su doctrina [de los Pelagianos] deja de reconocer la miseria del pecado y el mal, que en sus raíces más profundas es una doctrina impía, que no sabe, y que no busca conocer, nada con respecto a la redención.”

Pelagio negaba la doctrina del pecado original, que enseña que nacemos en pecado (Salmo 51:5; Isaías 64:6; Romanos 3:9-18; Efesios 2:1-5; 1 Corintios 2:14; etc.). La gente llega al mundo en un estado neutral, decía Pelagio. Si ejercitan su libre albedrío en dirección de la justicia, siguiendo el ejemplo de Cristo, serán salvos; si ejercitan su libre albedrío en dirección del pecado, siguiendo el ejemplo de Adán, serán juzgados. Agustín defendía la doctrina bíblica del pecado original insistiendo que somos no solamente pecadores porque pecamos, siguiendo el ejemplo de Adán, sino que pecamos porque somos pecadores, heredando la culpa y la corrupción de Adán. Por lo tanto, lo que necesitamos en un Segundo Adán, también, es algo más que un
ejemplo.

Necesitamos un Salvador. Necesitamos alguien que nos rescate por Su propia gracia,
puesto que no podemos responderle por nuestro propio libre albedrío, corrupto como se halla por nuestros afectos pecaminosos. El acento, por lo tanto, recaía sobre la gracia de Dios en la expiación, la conversión, y el don de la fe salvadora y perseverante.
Aunque el Concilio de Éfeso declaró a Pelagio como hereje en el año 431 A.C., la mayoría de historiadores de la iglesia reconocen que esta decisión fue “política” y que en realidad hubo muy poco debate. Como resultado no se trató adecuadamente con el Pelagianismo, de la manera en que se trató el Arrianismo en el siglo cuarto. Esta falla ha permitido que persista en varias formas a lo largo de las edades.

En términos del desarrollo teológico histórico, en el siglo undécimo, Anselmo refinó esta doctrina Agustiniana de la gracia sobre el tema de la Expiación. Jesucristo tenía que ser Dios porque la deuda que debíamos era infinita y ninguna criatura finita podía pagarla. Y no obstante, tenía que ser hombre porque la deuda era algo que se debía por parte de la humanidad pecaminosa. De esta manera, Cristo llevó a cabo el oficio de un sustituto pacificador. A lo largo de la Edad Media, se debatieron con fiereza cuestiones relacionadas con la gracia y las obras, la predestinación y el libre albedrío, pero todos sabían que una regla del juego era que no se permitía el Pelagianismo, aunque muchos teólogos se acercaban tanto como podían a los límites de aquella herejía. Lo que sí emergió fue un “Semi-Pelagianismo,” que afirma la doctrina del pecado original y reconoce la condición caída de la humanidad, pero que también cree que sigue existiendo una habilidad moral en el hombre que no se ve afectada por la Caída. A esta habilidad moral se hace referencia algunas veces como una “isla de la justicia” por la cual el pecador es capaz de cooperar con la gracia de Dios.

En la Reforma Protestante, fue Martín Lutero, un monje Agustiniano, quien percibió el
asunto real que acechaba por debajo de la controversia entre la fe y las obras. Él se dio cuenta que el asunto era en qué grado la voluntad humana se halla esclavizada por el pecado y en qué grado dependemos de la gracia para obtener libertad. Esto se enfocó claramente en su debate con Erasmo, quien ha sido descrito como “un Pelagiano en ropaje Católico.” Lutero argumentaba que la “carne para nada aprovecha” (Juan 6:63) y que “nada” no es “un poco de algo.” El “poco de
algo” de la habilidad humana era algo que estorbaba en el paso de la verdad bíblica y de la Reforma de la sola gratia. Pues nuestra salvación no podía descansar sobre la “gracia sola,” sino sobre “la gracia más la habilidad humana.”
Pelagio, y más tarde Erasmo, apelan ambos a aquello en nuestra naturaleza caída que se rehúsa a reconocer nuestra propia iniquidad. Se rehúsa a aceptar que “en mí, esto es, en mi carne, no mora el bien” (Rom. 7:18). La raíz del humanismo y del Pelagianismo es humanista hasta su médula más profunda.

Lo que Benjamin Warfield entendió fue que Agustín había plantado fielmente las semillas en su época, las cuales dieron fruto casi mil años más tarde, una cosecha recogida por los Reformadores. Apeguémonos fuertemente a la verdad bíblica afirmada desde Agustín y permanezcamos en oposición al humanismo de Pelagio en nuestro tiempo.


¿Existe Obligación Moral

De Obedecer El Derecho?


Por Walter Vega


I.- Introducción



La respuesta a esta pregunta dependerá de cómo consideremos la moral y el derecho, es decir, cual es la fuente material de cada uno de ellos.

Generalmente se admite que el hombre es un ser moral por naturaleza, todo esto en virtud de las teorías de los escolásticos tomistas, partiendo por el doctor angélico de la Iglesia, Tomás de Aquino y actualmente los neo escolásticos.

Tomás de Aquino y los neo escolásticos promulgan que existe una revelación Eterna que se ha alojado no tan sólo en los escritos sagrados como la Biblia (revelación especial), sino que también se encuentra impresa en la naturaleza, y especialmente en la naturaleza del hombre (revelación natural).

Por lo tanto, es imposible por naturaleza que exista un divorcio entre la ley divina y el deber que el hombre tiene de observarla y respetarla. A este deber se le llama deber moral, porque por naturaleza, el hombre está vinculado a la ley divina y eterna.

Pero si desconocemos la existencia de una ley divina y de una revelación, cualquiera sea, inmediatamente quitamos el piso a la teoría de los derechos naturales y por consiguiente debemos justificar el concepto del derecho vinculante por otra vía.

¿Existen otros caminos o vías para dar una buena justificación para cumplir el derecho?, ¿vincula el derecho al ser humano?, ¿sigue siendo el deber moral el medio más fuerte que vincula a los seres humanos con el derecho?

No es mi intención desarrollar y responder todas estas preguntas en este trabajo, pero sí me he sentido motivado, al menos, a replantearme mucho de lo que nos han enseñado los tratadistas.







Las escuelas filosóficas del derecho


Como veníamos diciendo en la introducción, se han desarrollado tres teorías que justifican la obligación de cumplir el derecho, entre estas teorías están la del Iusnaturalismo, la del Positivismo y la del Realismo.
El Positivismo es aquella escuela que dice que una norma es válida sólo cuando ha cumplido con las formalidades establecidas por La Norma Jerárquica Superior. A este concepto se le llama “validez formal”.
El Realismo dice que una norma será valida cuando esta sea aceptada y cumplida por todo el cuerpo social, es decir, la sociedad. A este concepto también se le llama “la validez por eficacia”, porque una norma será eficaz siempre y cuando la sociedad o comunidad lo respete y observe de manera libre y espontánea.

Natural V/S cultural

Sin embargo, tanto para la escuela del positivismo, así como para la escuela del realismo, el derecho es sólo un artefacto cultural, es una creación del obrar humano colectivo, en otras palabras, el derecho es netamente cultural y jamás natural.
Como el derecho es cultura se torna imposible encontrar un vínculo natural o moral en el hombre, por lo tanto es necesario recurrir a constructos filosóficos (también culturales) para poder vincular al hombre con el derecho y la ley, aquí por ejemplo están los contractualistas, entre ellos, tenemos a Hobes con “El leviatán”, a Locke con su “2º tratado de gonbierno civil” y a Rousseau con su famoso “contrato social”.
Como ellos no encontraron ningún elemento natural de organización política-juridica en el ser humano (zoon politikon), optaron por crear y desarrollar la institución jurídica del “Pacto social”, y por medio de esta el ser humano y las sociedades iban a quedar vinculadas al derecho.
El problema con las teorías del positivismo y del realismo es que tienden a hacer de la justicia algo artificial, la justicia no tiene vida propia ni tampoco es absoluta o incondicional, sino que se torna relativa y acomodaticia, no existe como fin.
La justicia para el positivismo pasa a ser un problema que el legislador debe resolver y definir, como diría kelsen: “la justicia es un problema de la sociedad, no del derecho”. Mientras que para el realismo la justicia es una cuestión de moda, algo que la misma sociedad determina, el punto es que para ambas escuelas el derecho es la medida del hombre, es decir, autonomía pura, el hombre es la medida del hombre.
Pero si el hombre es la medida del hombre, ya sea el legislador (para los positivistas) o la sociedad (para los realistas) ¿cuál es la medida o canon ideal para regular todas las relaciones humanas, ya sean estas de derecho privado o público?
El legalismo de kelsen ha demostrado ser un fracaso, porque con sólo dictar leyes no solucionamos los problemas entre particulares, entre Estado y particulares o entre Estado y Estado. Además existen muchas leyes que no son justas para nada, ya que el legislador en su momento o no tenía el conocimiento necesario de la materia, o estaba influenciado por los ideales de su partido político, o simplemente estaba motivado por algunos “dólares extras” de algún empresario “bondadoso o altruista”. Entonces ¿nos atrevemos a decir que el derecho y la justicia quedan establecidos por seres humanos iguales, o peores, a nosotros?
Lo mismo podría decir del realismo, ya que el derecho queda definido en función de lo que la sociedad dicta. ¿Cuál sociedad?, ¿la sociedad alemana nazi?, ¿hasta cuando?, ¿hasta que se torne una giro social buscando otra justicia mejor?, entonces nos vamos al otro extremo ¿el socialismo a ultranza de Lenin y Mao? Ya quedamos decepcionados con esto. Luego seguimos buscando alternativas ideológicas propuestas por el mismo hombre, donde incluso la anarquía es una de ellas…no gracias.
Las visiones organicistas nunca han sido buenas consejeras para la sociedad. La respuesta es simple, no creo que el hombre sea la medida del hombre. Estado, Gremios, Proletariado, Sociedad etc. Cualquiera de ellas no son de fiar al momento de establecer la justicia y el derecho. Es arrogante, fanático e idolátrico pretender que nosotros mismos seamos la solución a nuestros problemas.


Iusnaturalismo V/S Teonomía

Pero así como el positivismo y el realismo no son viables para establecer el derecho, tampoco creo que el iusnaturalismo sea la respuesta, al menos así como lo han presentado de manera tan idealista y sacra.
Existe entre la teoría del iusnaturalismo y la práctica de este una cierta tendencia institucionalista, es decir, una inclinación a dogmatizar lo que se supone es “natural” en el hombre.
El problema es que según el mismo Santo Tomás la naturaleza necesita ser perfeccionada, él decía que “la gracia perfecciona a la naturaleza”. Esto es lo que los teólogos canonistas y los exponentes de la teología natural llamaron como la “donum superaditum”.
Para los escolásticos la “naturaleza” necesita una “añadidura”, necesita ser revestida y completada. La naturaleza no es mala per se, sino que le falta el don sobrenatural. Como diría Cornelius Van Til en su libro “El concepto calvinista de la cultura”:
“El mundo en esta perspectiva no es corrupto debido a la caída de Adán, sino que simplemente ha perdido la donum superadditum, el don sobrenatural de la gracia de Dios, ahora suplido por la iglesia, en cuya custodia se hallan los canales de la gracia. La naturaleza como creación no está caída ni es malvada sino solamente es la segunda mejor. El Cristianismo es algo añadido piramidalmente a lo natural, pero no entra en la vida como la levadura para transformarlo. La teología natural nos enseña acerca de Dios el Creador, el Proveedor y el Juez (ciertamente Platón y Aristóteles llegan hasta aquí) pero la Escritura es necesaria para conocer a Dios en la faz de Jesucristo. De esta forma Roma, que reclama para sí misma el apelativo de “Católica,” ha cambiado la catolicidad del Nuevo Testamento, que purifica y santifica el todo de la vida como su dominio propio, y ha colocado en su lugar un dualismo, que separa lo sobrenatural de lo natural. La salvación permanece siempre al lado de o por encima de lo natural, pero no entra en ello para transformarlo; la creación y la re-creación permanecen como dos entidades separadas. De esta forma se alcanza un compromiso entre lo natural y lo sobrenatural, entre el cuerpo y el alma, el mundo y la iglesia, el saber y el creer, la mortalidad y la religión. El Catolicismo Romano es el gran sistema de complementación, que provee el marco para este compromiso. La imagen de Dios complementa a una naturaleza neutral (algo como la idea pagana del anima rationale, el alma racional); las exhortaciones evangélicas complementan los preceptos morales comunes a toda la humanidad; la tradición complementa a la Escritura. La iglesia es la esfera de la religión, el mundo es el área de lo profano.
Puesto que los miembros de la iglesia no pueden vivir en este mundo sin moverse en la esfera secular, se hace un intento para traer todo lo secular bajo el paraguas de la gracia manejado por la iglesia, para asegurar la salvación de sus miembros desde el vientre hasta la tumba, por el bautismo, la confirmación, la eucaristía, la penitencia, las órdenes, el matrimonio y la extremaunción.”
De ahí que en la iglesia católica romana existen los sacramentos, ya que estos perfeccionan la naturaleza del hombre, por ejemplo el sacramento del bautismo perfecciona el nacimiento “espiritual” de las personas, el sacramento del matrimonio perfecciona “el pacto matrimonial” de los individuos, el sacramento de la extrema unción perfecciona y prepara al individuo para la muerte natural, claro que ahora con la extrema unción pasaría a ser una muerte mucho mejor, algo más que natural.
La iglesia romana se transforma así en “el gran sacramento” para la humanidad, incluyendo al Estado y al derecho, de ahí las disputas teológicas en relación a las leyes laicas (Ley de registro civil, Ley de matrimonio civil y Ley de cementerios) durante el gobierno de Dn. Domingo Santa María. Y también la gran controversia acerca de la separación Iglesia-Estado con la constitución de 1925 bajo el gobierno de Dn. Arturo Alessandri.
Muchos conservadores de aquella época defendían a la iglesia y se oponían tenazmente a que el Estado tomara el control de los nacimientos, matrimonios y defunciones, argumentando que era divino, natural y privativo solamente de la Iglesia de Roma, y que despojarla del control de dichos actos naturales era desacralizar y aún maldecir al estado chileno. Incluso se sabe que hubo intentos y amenazas de excomunión para los parlamentarios que votaron a favor de estas leyes…laicas.
Entonces cuando hablamos de los derechos naturales y de la escuela Iusnaturalista, en realidad estamos hablando del intento católico romano por “cristianizar” el derecho. ¿Acaso la teoría de los derechos naturales no es la misma teología natural elevada a un exponente jurídico?
Por esta razón prefiero hablar de “Teonomia”. La Teonomía está compuesta por las palabras griegas Teo, que significa Dios, y por la palabra Nomos, que significa norma o ley. Por tanto la Teonomia podría definirse como los principios o leyes divinamente impregnadas en la conciencia libre del hombre.
El iusnaturalismo tiene una carga fuertemente partidista-religiosa, en cambio el concepto de Teonomía dice relación con algo que es realmente natural en el hombre y que le vincula espiritualmente a un principio superior.
Pero este principio superior no está supervigilado por alguna estructura panóptica que toma para si misma la representatividad e interpretación del derecho como en el caso del legislador para los positivistas, la sociedad para los realistas, o la iglesia (en ultima instancia) para los iusnaturalistas. Sino que la Teonomía hace realmente libre al hombre y lo confronta en la libre -soledad y reflexión espiritual del individuo.
La teonomia despierta en el individuo el sentido nómico de la naturaleza y de la sociedad, y le hace responsable para contribuir a ese orden teonómico que busca la naturaleza humana.
En otras palabras, la teonomía constituye al ser humano como un elemento nómico de este supra orden divino. El ser humano pasa entonces a ser un testigo, y legislador a la vez, de aquella norma superior que le hace libre y a la vez le vincula con el fin superior, Dios.

La insuficiencia de la teoría de los tres círculos en la antigua ley de matrimonio civil.

Con la antigua ley de matrimonio civil se pudo quitar el control de la iglesia sobre los matrimonios y fue el Estado quien pasó a tomar la administración de ellos.
En esta ley podríamos encontrar un equilibrio e interrelación total y plena de la teoría de los tres círculos, es decir, en esta norma se encuentran interrelacionadas las tres grandes esferas, es decir, existe validez formal, existe validez material y también existe validez eficaz. Sin embargo, y a pesar de cumplir con la teoría de los tres círculos podemos darnos cuenta que esta norma no llenaba los principios de justicia universal y absolutos. Veamos.

El texto de esa antigua ley decía que el matrimonio: “Es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente y por toda la vida con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente”.
Art. 102 C.C.

En primer lugar, la validez formal se hace manifiesta al momento en que la norma se remite formalmente al matrimonio como “Un contrato solemne”. Aquí el legislador trata de dar una explicación meramente formal y que se debe cumplir tal como la ley dice (manda, prohíbe o permite).
En segundo lugar, también se hace manifiesto el principio de la validez eficaz ¿Por qué?, porque si recordamos, hasta antes de 1883 la administración de los matrimonios estaba en manos de la iglesia católica romana, lo cual hacía que muchos chilenos quedaran fuera de las posibilidades de que el estado les reconociera como matrimonios, y simplemente sus relaciones eran consideradas como concubinatos, además que sus hijos pasaban a ser bastardos o hijos ilegítimos. Por lo tanto la ley de matrimonio civil estaba en armonía correcta con el sentir de la mayoría de la sociedad, salvo algunos fanáticos “ultramontanos”.
Y en tercer lugar, también se manifiesta el principio de la validez material porque perseguía un fin, y ese se manifestaba en las palabras “por toda la vida con el fin de vivir juntos, de procrear, y de auxiliarse mutuamente”.
Pero a pesar de que en esta norma confluían las tres teorías, la norma no era perfecta, no era Teonómica, no abarcaba los eternos principios de justicia divinos.
El problema era que la norma estaba viciada de un sesgo religioso, pretendidamente iusnaturalista, ya que la ley añadía la entrampante y sacramental palabra “INDISOLUBLEMENTE”. Hasta la fecha no he podido encontrar ningún argumento iusnaturalista que pruebe la “natural” indisolubilidad del matrimonio, es más, hay casos en que es antinatural mantener relaciones insanas y destructivas que en vez de hacer crecer el matrimonio lo destruyen. Demás está mencionar el adulterio, el incesto, la violencia intrafamiliar, el alcoholismo etc. Casos que realmente ameritan teonómicamente la disolución del vínculo matrimonial.

Orígenes de la Teonomía

Creo que los reformadores protestantes entendieron muy bien este concepto Teonómico, ya que ellos pudieron escapar tanto del humanismo autónomo (positivismo y realismo) y de las heteronomías institucionalizadas (iusnaturalismo).
Siguiendo al Dr. Van Til: “La Reforma Protestante no buscó meramente limpiar la iglesia y liberarla de los errores doctrinales, sino que también buscó la restauración del todo de la vida. Esto conllevaba liberar la vida natural del hombre y las varias esferas en la sociedad del señorío de la iglesia. Mientras el Humanismo era un intento por proclamar la libertad del hombre de Dios y de toda autoridad, enfatizando la autonomía versus la heteronomía, los Reformadores estaban unidos en su pasión por la libertad para el hombre Cristiano, lo que significaba servicio sujeto a la Palabra del Señor. Solamente Cristo era considerado Señor de la conciencia.
Para los Reformadores lo natural era santo lo mismo que lo espiritual, y la obra del Padre en la creación era considerada de igual significado como la del Hijo en la redención. Cristo era para ellos un Redentor cósmico, aquel a través de quien todas las cosas son restauradas para con el Padre. Pues Dios amó tanto al mundo, este cosmos creado, que dio a su único Hijo (Juan 3:16).
Los Reformadores eran partidarios de un Cristianismo sensato, saludable y robusto; no eran ellos ni excéntricos ni seres extraños, ni les era extraña alguna cosa humana. En realidad, tomaban el pecado más seriamente que la iglesia medieval, creyendo que todo el hombre había sido corrompido por la Caída y que el mundo estaba bajo maldición por causa del pecado. Sin embargo, no cometieron el error de condenar las cosas naturales como si fuesen impuras; creían en la restauración, la purificación y la consagración de lo natural, no en su negación o castigo. Por medio de la Reforma la relación mecánica de la naturaleza y la gracia fue suplantada por una relación ética, de manera que la restauración de la ley de Dios en todas las esferas de la vida se convirtió en el punto de interés del creyente”.
Con respecto a la Teonomía de los reformadores protestantes podemos citar a Albert Hyma quien afirma que fue especialmente la transferencia del sistema de elección usado en la escogencia de ancianos y diáconos en la iglesia Ginebrina hacia la arena política lo que hizo posible un impacto tan tremendo dondequiera que iba el Calvinismo (República Holandesa, Inglaterra y Escocia, y América).
El fallecido Williston Walker de la Universidad de Yale escribió, “La influencia del Calvinismo, por más de un siglo después de la muerte del Reformador de Ginebra, fue la fuerza más potente en Europa en el desarrollo de la libertad civil. Lo que el mundo moderno le debe es casi incalculable.”
Un reciente autor Inglés, al contar la historia de cuál es el logro del Calvinismo en América, dice, “Lo hemos visto modificando las constituciones y formas de vida de países antiguamente establecidos en Suiza, Holanda y Gran Bretaña, pero aquí lo tenemos operando como un factor principal en crear un nuevo estado. La influencia de los Estados Unidos en el mundo de hoy hace de sus orígenes un asunto de gran interés. Esos orígenes revelan uno de los triunfos más especiales del Calvinismo.” Esto también es enfatizado por el Sr. Davies quien afirma que el estado mental de los colonizadores Americanos había sido formado antes que la influencia de Locke llegara a expresarse en nuestro lado del océano a través de Jefferson, mientras que Dakin estima que alrededor de dos de los tres millones de habitantes en América al momento de la guerra Revolucionaria
pertenecían a las filas Calvinistas. Es discutible si alguien quisiese argumentar que Calvino habló la palabra liberadora, o la última palabra, sobre la relación entre la iglesia y el estado. Por ejemplo, creía que el estado debía proveer para las necesidades físicas de los ministros, que se requería que cuidara de los pobres y proveyera educación para los jóvenes ciudadanos.
Aún cuando concedamos que Calvino preveía un gobierno Cristiano, no obstante colocó un arma aguda en las manos del gobierno, mediante la cual se vuelve bastante simple para un gobierno hostil forzar a la iglesia a obedecer sus mandatos. Además, bien podemos cuestionar la posición de Hyma (Doumergue también tiene esta opinión) de que una iglesia democrática hizo surgir un estado democrático.
En realidad, la iglesia que Calvino organizó no era democrática en este sentido moderno, pues el poder y la autoridad últimos estaban conferidos a los ancianos, siendo estos delegados a ellos por Cristo. Sin embargo, aunque la separación de la iglesia y el estado no se realizó en Ginebra durante la vida de Calvino, podemos decir que se convirtió en una realidad histórica debido a sus labores al instituir la disciplina espiritual en la iglesia. La batalla por la jurisdicción espiritual del consistorio, con el derecho a excomulgar, era el punto focal de disputa en la larga batalla, dura y a veces amarga, que Calvino peleó con el concilio de Ginebra. Esto, dice Warfield, fue la cuña de entrada, “clavada entre la Iglesia y el Estado que tenía el propósito de separar al uno del otro”
Y aunque todos los hijos espirituales de Calvino no apreciaron esto suficientemente, él quería una iglesia autónoma en su propia esfera espiritual. Es debido a esta victoria, a saber, la exitosa introducción y mantenimiento de la disciplina espiritual, dice Warfield, que “toda Iglesia en la Cristiandad Protestante que disfruta hoy de cualquier libertad, cualquiera que ésta sea, al realizar sus funciones como una Iglesia de Jesucristo, lo debe todo a Juan Calvino”
A. Mervyn Davies, El Fundamento de la Libertad Americana, (New York, 1955), quien sostiene que, “Al vencer a la ola emergente de absolutismo cuando ésta amenazaba devorar toda Europa, éste (i.e., el Calvinismo) hizo posible el surgimiento de una mancomunidad del hombre bajo la soberanía de Dios. Así pues, fue eso lo que colocó los fundamentos de nuestra libertad,” p. 24.
Quisiera concluir con la siguiente frase de la confesión de fe protestante de Westminster:
“Solo Dios es el Señor de la conciencia, y la ha dejado libre de los mandamientos y doctrinas de los hombres, las cuales son en alguna manera contrarias a su Palabra, o está al lado de ella en asuntos de fe o de adoración. Así que creer tales doctrinas u obedecer tales mandamientos con respecto a la conciencia, es traicionar la verdadera libertad de conciencia; y el requerir una fe implícita y una obediencia ciega y absoluta, es destruir la libertad de conciencia y también la razón.”

Sí, el hombre está obligado moralmente a obedecer el derecho…en tanto este sea derecho Divino.



SOLA GRATIA
SOLA FIDE
SOLO CHRISTUS
SOLA SCRIPTURA
SOLI DEO GLORIA